Una práctica que lamentablemente resulta común de leer a través de diferentes foros e incluso redes sociales, es el hecho que, al momento de una contratación laboral, se obligue a firmar una hoja en blanco o una renuncia. A continuación, te decimos qué puedes hacer al respecto.
La reforma al Artículo 19 de la Constitución, aprobada en diciembre pasado, endurece el castigo para ciertas prácticas laborales en México. Ahora, obligar a un trabajador a firmar una carta de renuncia anticipada puede considerarse extorsión, lo que podría llevar a prisión preventiva oficiosa a los empleadores responsables.
¿Qué cambia con esta reforma?
Antes, esta práctica era una violación a los derechos laborales que podía derivar en sanciones administrativas o demandas. Con la reforma, se amplía el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, incluyendo la extorsión. Esto implica que:
- Las empresas que presionen a los trabajadores para firmar renuncias anticipadas podrían enfrentar consecuencias penales inmediatas.
- Los jueces estarán obligados a ordenar prisión preventiva sin derecho a fianza en estos casos, mientras se desarrolla la investigación.
- Las violaciones a esta disposición pueden generar multas de hasta 113 mil 140 pesos, además de la intervención del Ministerio Público por posibles delitos como extorsión, intimidación o falsedad de declaración.
¿Qué hacer si te obligan a firmar una renuncia anticipada?
- No firmar bajo presión. Si es posible, rechaza firmar cualquier documento sin haberlo revisado con calma.
- Reunir pruebas. Correos electrónicos, mensajes, grabaciones (si la ley lo permite) o testimonios de compañeros pueden ser clave.
- Acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet). Ofrecen asesoría gratuita y pueden orientarte sobre cómo proceder.
- Denunciar ante el Ministerio Público. Si fuiste víctima de coacción o amenaza, puedes presentar una denuncia formal por extorsión.
- Buscar apoyo legal. Un abogado laboralista puede ayudarte a recuperar tus derechos y demandar a la empresa.
