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¿En Oaxaca las banquetas son propiedad privada? Mira lo que dice la ley

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Foto(s): Cortesía
Israel García Reyes

Recientemente se viralizó el video de una mujer que, frente a una estética, impidió el paso a una persona que caminaba sobre la banqueta, esto en el Centro Histórico de Oaxaca de Juárez. Aquí te detallamos si las aceras son propiedad pública o privada y si al cerrar el paso a un peatón se incurrió en una falta o delito. 

Cabe recordar que en redes sociales se compartió el video de una mujer, presuntamente de origen venezolano, quien tiene una estética de belleza; sin embargo, en las imágenes se ve que le impide el paso a una joven que intenta pasar por la acera o banqueta, en Oaxaca.

 

 

En el clip se oye que la mujer le dice a la otra persona: “Mejor bájate, en buena onda te lo digo”. Y le insiste en que debe bajar al arroyo vehicular. También se ve que la banqueta es estrecha y que justo frente al local hay un árbol y una puerta de reja abierta por fuera que deja escasos centímetros de paso.

Internautas criticaron la actuación de la mujer a quien denuncian por excederse al pretender que la banqueta es propiedad privada y que sólo ella puede determinar quién pasa o no por ese espacio.    

Cabe mencionar que quien intenta cruzar la banqueta es una joven que conduce una bicicleta, por lo que es correcto que use el arroyo vehicular, pues las banquetas son para los peatones.

¿Qué dice la ley?

De acuerdo con la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Oaxaca, en su artículo 5 explica que “es de utilidad pública y beneficio general, el establecimiento, uso y conservación de la vialidad, de las áreas susceptibles de tránsito vehicular y peatonal, la señalización vial y nomenclatura…”

El artículo 31 dice que “el tránsito de peatones por las vías públicas, se hará por fuera de las zonas destinadas al tránsito y vialidad de vehículos…” “Los peatones deberán utilizar la infraestructura vial destinada para ellos”.

A sí mismo, el artículo 45 señala: “En las calles locales y privadas está prohibido:

I. Arrojar, colocar o abandonar objetos o residuos que obstaculicen la libre circulación o estacionamiento de vehículos;

II. Dejar vehículos estáticos que notoriamente estén fuera de uso o de circulación, y

III. Cerrar u obstruir la circulación con vehículos, plumas, rejas o cualquier otro objeto.

La autoridad municipal o estatal competente procederá a retirar el vehículo o el objeto que cierre u obstruya la circulación".

Sanciones: El artículo 93 de esta misma ley indica: “Las violaciones a las disposiciones de esta Ley y su Reglamento, se sancionarán con:

I. Amonestación;

II. Actividades de apoyo a la comunidad.;

III. Multa de 3 a 150 UMA.

El Reglamento de Construcción y Seguridad Estructural para el Estado de Oaxaca, indica en su artículo 8 al hablar de “La vía pública y otros derechos de vía”: “Vía pública es todo espacio de uso común que por disposiciones de la autoridad municipal y/o estatal, se encuentre destinada al libre tránsito de las personas y vehículos…”    

De aquí se deduce que las banquetas son vías públicas destinadas al uso de los peatones, por lo que ninguna persona puede impedir el paso por éstas. 

La ley no es clara

Sin embargo, expertos en derecho señalan que la ley no es clara y que las sanciones son insignificantes como para disuadir a los infractores de estas prácticas.  

Particularmente en las colonias aledañas al centro de Oaxaca de Juárez es común ver que las viviendas invaden parte o totalmente las banquetas, además de que otros colocan piedras, material de construcción, neumáticos, vehículos de motor y hasta puestos del comercio informal obstruyendo el paso y obligando a los peatones a caminar sobre el arroyo vehicular. 

También es común ver que los vecinos siembran plantas y árboles que obstruyen el paso e incluso tienen perros agresivos que obligan a los transeúntes a caminar fuera de las banquetas.

Ante estas anomalías los peatones no tienen a dónde acudir para denunciar los hechos pues las sanciones son risibles y la autoridad las ignora. ¿Qué opinas?

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