- Se identificaron posibles vulneraciones a la libertad personal, seguridad jurídica e integridad
La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) emitió la recomendación 23/2025 ante las posibles vulneraciones al derecho a la libertad personal, a la seguridad jurídica y a la integridad y seguridad personal en agravio de una mujer, así como afectaciones a los derechos de sus familiares, en el municipio de Salina Cruz, región del Istmo de Tehuantepec.
En una comunicación, el órgano autónomo dio a conocer que abrió un expediente de oficio después de la difusión en medios digitales de la localización de una persona sin signos vitales al interior de los separos de la Comandancia de la Policía Municipal, después de ser detenida por elementos de esa corporación sin existir claridad pública sobre el momento exacto de su aprehensión ni sobre las razones del arresto.
Posteriormente, con la presentación formal por parte de la víctima indirecta y tras las diligencias realizadas, se advirtió que la persona detenida fue ingresada a una celda sin que existiera constancia visual o auditiva que permitiera confirmar que se le informaron los motivos legales de su detención o que se hubiese cumplido con los protocolos previstos para garantizar una audiencia ante la autoridad competente.
Tampoco se contó con elementos que acreditaran que la mujer tuvo acceso a una defensa adecuada o que se hubiera facilitado su comunicación con algún familiar o representante.
Estas omisiones, de acuerdo con la valoración realizada por la institución, generaron un escenario que compromete la legalidad del procedimiento administrativo y que coloca en riesgo el ejercicio de derechos fundamentales relacionados con la libertad personal y la seguridad jurídica.
Además, desde el momento en el que el Informe Policial Homologado fue recibido por una persona juzgadora cívica, recaía en dicha autoridad la responsabilidad de asegurar la apertura y conducción del procedimiento administrativo con apego a las formalidades esenciales previstas en el Reglamento de Justicia Cívica, incluidas la escucha directa de la persona detenida y la garantía de su derecho de audiencia.
Independientemente de esto, se presentaron deficiencias en la certificación médica, ya que en las videograbaciones disponibles no se observó ninguna valoración al ingreso y pese a ello, el personal médico del juzgado cívico asentó que la mujer se encontraba bajo el influjo de alcohol u otras sustancias sin que esto derivara en su canalización a un servicio de salud.
Estas condiciones la colocaron en un nivel mayor de vulnerabilidad y evidencian la necesidad de garantizar que toda persona bajo custodia estatal cuente con una valoración médica adecuada, independiente y oportuna.
A partir de estos hallazgos, la DDHPO dirigió la recomendación al Ayuntamiento de Salina Cruz, sugiriendo acciones encaminadas a avanzar hacia la reparación integral y la no repetición.
Entre estas, se encuentran la inscripción de las víctimas indirectas en el Registro Estatal de Víctimas y la provisión de atención psicológica y tanatológica especializada y continua, conforme a lo establecido en la Ley de Víctimas del Estado de Oaxaca.
Así también emitir una circular interna mediante la cual se instruya a la Comisaría de Seguridad Pública a abstenerse de ingresar a personas detenidas en los separos sin haberlas puesto previamente, de manera formal y material, a disposición del Juzgado Cívico Municipal.
De igual manera, que la Comandancia Municipal cuente con un servicio médico encargado de evaluar a todas las personas aseguradas desde el momento de su ingreso.
