Aunque desde hace 34 años está en manos de grupos políticos dependientes de la autoridad municipal, la capilla El Pedimento, de Santa Catarina Juquila, está enlistada y registrada por la Secretaría de Gobernación como parte de los bienes de la Arquidiócesis de Antequera-Oaxaca, aseguró ayer el apoderado legal, Wilfrido Mayrén Peláez.
El también presbítero expuso que El Pedimento es un lugar de culto católico creado a partir del Santuario de Juquila desde hace 294 años, donde los fieles católicos "piden” ante la imagen de la Santísima Virgen algunos dones y agradecen recibidos.
Este espacio –anotó–, estuvo bajo la administración del Santuario de Juquila hasta 1984 cuando fue despojado por grupos políticos y de esta manera, las limosnas de los peregrinos no son administradas por la Iglesia Católica, sino destinadas a fines ajenos.
Las limosnas
“Quien se apodere de El Pedimento lo hace de manera arbitraria e ilegal, porque es un robo a la Iglesia Católica y una traición a la fe de los fieles, ya que es de todos sabido que, cuando los peregrinos depositan sus limosnas, no lo están haciendo para fines civiles o políticos, sino para fines religiosos de la Iglesia Católica”, asentó.
De este modo, observó que el dinero proveniente de la fe, por el mal uso, se ha convertido en un asunto de ambición, enfrentamientos y muerte.
“Está comprobado que la verdadera manzana de la discordia en los recurrentes enfrentamientos, aunque a veces se disfrace, es la posesión de El Pedimento, lo que ha provocado innumerables muertes en Juquila”, apuntó.
Resaltó que la capilla El Pedimento, por ser un lugar de culto creado por la Iglesia Católica, está registrada como parte de los bienes de la Arquidiócesis de Antequera-Oaxaca y como fue abierta al culto antes de 1992, se trata de un bien inmueble propiedad de la Nación, conforme a lo dispuesto por la Constitución.
Además, dijo que la Arquidiócesis de Antequera-Oaxaca es una asociación religiosa debidamente constituida ante la Secretaría de Gobernación en términos de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, bajo el Registro Constitutivo SGAR/192/93.
Ante esto, Mayrén Peláez dijo que corresponde a la Secretaría de Gobernación resolver administrativamente el destino, uso y aprovechamiento o cualquier tipo de afectación a los inmuebles federales utilizados para fines religiosos, según las leyes Orgánica de la Administración Pública Federal y de Bienes Nacionales.
