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Y ratifican a candidato de CREO en San Jacinto Amilpas

Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

El tribunal local electoral ratificó la candidatura como concejal de Misael Olmedo Avendaño en el municipio de San Jacinto Amilpas, por la coalición Con rumbo y estabilidad por Oaxaca (CREO), que conforman los partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática.
Al resolver el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, identificado con la clave JDC/62/2016, promovido por la ciudadana Martha Irene Chavarria Reyes contra el acuerdo IEEPCO-CG-71/2016 por el que se registran en forma supletoria las planillas de candidatos y candidatas por el sistema de partidos políticos postuladas por las coaliciones y los partidos políticos para el proceso electoral ordinario 2015-2016, emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) el 2 de mayo del año en curso, en lo que hace al registro de Misael Olmedo Avendaño como candidato a concejal por el municipio de San Jacinto Amilpas, los magistrados ratificaron el mismo.
La actora aduce que al emitir el acuerdo el consejo general del órgano electoral no revisó el procedimiento de designación de Olmedo Avendaño como candidato a concejal, realizada por la comisión permanente del consejo nacional del PRD.
“Pues la designación se efectuó de manera ilegal, dado que el citado ciudadano no cumplió con los requisitos establecidos en el reglamento de selección de candidaturas a cargos de elección popular y la invitación para participar en el proceso interno de designación de las candidaturas al cargo de concejales del estado de Oaxaca del Partido Acción Nacional (PAN), lo que viola los principios de legalidad, certeza, equidad y debido proceso”.
Asimismo manifiesta que el IEEPCO no revisó que el PAN realizará la selección de candidatos conforme al procedimiento establecido previamente, ya que es deber de la autoridad administrativa electoral proteger los derechos político-electorales de los ciudadanos y revisar de oficio que los actos y resoluciones de los partidos políticos se apeguen a la ley.
Los magistrados consideraron infundados lo agravios vertidos por la actora y ratificó el acuerdo del órgano electoral, toda vez que no combatió oportunamente la resolución en la instancia respectiva del PAN, durante el proceso interno para designación de candidatos.

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