El incremento a la tarifa del pasaje del transporte urbano en la ciudad de Oaxaca a partir del lunes de siete a ocho pesos es ilegal, pues de acuerdo al Reglamento de la Ley de Transporte del Estado de Oaxaca, cualquier modificación a las mismas deberán ser publicadas en el Periódico Oficial y en un diario de los de mayor circulación local con cinco días de anticipación, situación que no ha sucedido.
Apenas el jueves 11 de agosto, Alejandro Villanueva López, encargado de despacho de la Secretaría de Movilidad (Semovi), declaró a NOTICIAS Voz e imagen de Oaxaca, que el incremento en la tarifa del pasaje del transporte urbano será de un peso a partir del lunes 13 de agosto.
Por su parte, el artículo 76 del Reglamento de la Ley de Transporte del Estado de Oaxaca señala que “las tarifas autorizadas para el servicio público de transporte, así como, cualquier modificación y ajuste que se haga a las mismas, deberán ser publicadas en el Periódico Oficial y en un diario de mayor circulación en la entidad, por lo menos con cinco días de anticipación al de su entrada en vigor. Las tarifas autorizadas deberán fijarse en lugar visible de las bases, terminales de transferencia, sitios y unidades.”
El Periódico Oficial no ha sido publicado en la página del Gobierno del Estado desde el 26 de junio, y en los diarios de mayor circulación de la entidad, sólo se han publicado notas de prensa con declaraciones del encargado de la Semovi, en las que reconoce el incremento del pasaje y su entrada en vigor el lunes 13 de agosto, sin ningún tipo de divulgación oficial por parte de la Secretaría.
Sin estudio técnicos
“Las tarifas del servicio público de transporte de pasajeros se determinarán con base en los estudios técnicos y de costos que para tal efecto realice la Secretaría”, señala el artículo 116 de la Ley de Transporte del Estado de Oaxaca, estudios que no se aplicaron o al menos no se han dado a conocer por parte de la Semovi.
La Ley exige, por ejemplo, un análisis del impacto en la tarifa por las variaciones de los principales componentes de la estructura de costos, tales como: demanda, costos, utilidad y descuentos, además de factores e índices de medición del crecimiento económico, determinados por las autoridades y organismos federales competentes.
Pide también un diagnóstico del servicio que incluya el análisis de la oferta, la demanda y la relación entre sí, un estudio socio económico de la población usuaria del servicio, entre otros puntos.
