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Confirman Coatzóspam al PRS

Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ratificó el triunfo del candidato a presidente municipal por el Partido Renovación Social (PRS) en el municipio de San Juan Coatzóspam, Arturo Carrera González.


Al resolver el expediente RIN/EA/16/2016, interpuesto por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), los magistrados señalaron que de conformidad con lo expuesto queda evidenciado que contrario a lo afirmado por el enjuiciante, el tribunal estatal responsable sí analizó las alegaciones por las cuales el inconforme pretendió se declarara la nulidad de la elección por considerar que se vulneró el principio de voto libre, el cual no debe estar sujeto a ningún tipo de presión, intimidación o coacción, y concluyó que no se demostraron los hechos aducidos por lo que desestimó tales planteamientos.


Además respecto al agravio planteado de que la elección se celebró entre múltiples irregularidades, entre ellas la presencia en las inmediaciones del palacio municipal de un grupo de hombres armados, quienes estuvieron intimidando a los ciudadanos identificados con el PRI para que votaran a favor del Partido Renovación Social.


“De modo alguno puede estimarse que cause un perjuicio al hoy actor, toda vez que como se indicó,


además de haberse realizado el análisis de la nulidad de elección por violación a principios, aun cuando el actor no señaló que las alegadas conductas pudieron afectar la votación recibida en casilla, el tribunal local supliendo tal deficiencia procedió a analizar si en el caso debía o no decretarse la nulidad de la referida votación por existir irregularidades graves plenamente acreditadas sobre la base de los hechos alegados”.


Caso Cacaloxtepec


Por otra parte, la sala regional ratificó el triunfo del candidato de la coalición Con rumbo y estabilidad para Oaxaca a la presidencia municipal de Santiago Cacaloxtepec, Jesús Castillo López.


Al resolver el expediente SX-JRC-151/2016, los magistrados señalaron que al partir de la base de que los resultados establecidos en las actas de escrutinio y cómputo no se encuentran alterados y son conformes para el actor (dado que es información aportada por él); es posible concluir que los paquetes


electorales no fueron intervenidos en el trascurso del cierre de las casillas a la entrega en el mencionado consejo municipal, ya que las cifras establecidas en dichos documentos son coincidentes con los resultados arrojados en el recuento de los votos, acto que fue realizado una vez que los paquetes electorales se encontraban en poder del Consejo Municipal Electoral, por lo que se estima que la orientación y número de sufragios fue el mismo desde el escrutinio y cómputo llevado a cabo en las


casillas hasta que fueron entregados los paquetes electorales.


LOS VOTOS


433 votos obtuvo el Partido Renovación Social (PRS) en el municipio de San Juan Coatzóspam.

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