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Confirman candidatura de Martínez Coronel en Zaachila

Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) ratificó el registro como candidata por el Partido Morena a primer concejal de la Villa de Zaachila, de  Marisela Martínez Coronel.
Al resolver el Recurso de Apelación, identificado con el número RA/38/2016, promovido por el representante del Partido de la Revolución Democrática (PRD) ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), Ariel Orlando Morales Reyes, a fin de impugnar el acuerdo IEEPCO CG/71/2016 en su parte relativa al registro de la ciudadana Marisela Martínez Coronel, los magistrados por unanimidad de votos confirmaron el mismo.
El actor basa su impugnación en que la autoridad responsable debió negar el registro de la ciudadana como candidata a primer concejal del municipio de Zaachila, toda vez que realizó actos anticipados de campaña, lo cual no tomó en cuenta la responsable; además argumenta que dicho acuerdo carece de fundamentación y motivación.
Manifestó que la ciudadana Martínez Coronel el día 8 de abril de este año realizó actos anticipados de campaña en la que promovió y potencializó su candidatura con la presencia de Andrés Manuel López Obrador, líder nacional de Morena;  el candidato a gobernador Salomón Jara Cruz y el candidato a diputado por el distrito 15, actos que fueron denunciados por el ciudadano Gelasio Nava Cruz ante el órgano electoral local.
Sin embargo en la resolución se advierte que no le asiste la razón al representante del PRD toda vez que de las constancias que obran en autos el IEEPCO, antes de otorgarle el registro como candidata a Martínez Coronel, verificó que cumpliera con los requisitos que establece el artículo 113 de la Constitución del estado; ello toda vez que la responsable remite la documentación que presentó la ciudadana.
Respecto a que no tomó en cuenta los actos anticipados de campaña, en el proyecto se razona que para que la responsable estuviera en condiciones de negar el registro, dicha determinación debió haber sido ordenada por la autoridad facultada para ello, sin embargo obra en autos la certificación elaborada por el secretaría general del IEEPCO en la que se hace constar que no se ha dictado resolución alguna en la que se hayan declarado existentes los actos atribuidos a la candidata.
Aunado a lo anterior debe decirse que mientras no exista una sentencia que demuestre lo contrario optará a favor de Martínez Coronel el principio de presunción de inocencia.

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