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Anula TEEO elección municipal de Quiegolani, Oaxaca

Foto(s): Octavio Vélez Ascencio
Octavio Vélez Ascencio

Por unanimidad, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) revocó ayer el acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) que calificó como válida la elección extraordinaria de Santa María Quiegolani, donde se impuso una regla restrictiva para que las mujeres no pudieran contender en los cargos de presidencia y sindicatura.

De acuerdo con la sentencia del Juicio Electoral de los Sistemas Normativos Internos con clave JNI/16/2024, el órgano jurisdiccional determinó que en las documentales del expediente no se advirtió elemento alguno para llegar al convencimiento de haber consultada a la asamblea la regla para que los dos primeros cargos fueran postulados solo hombres y como consecuencia, demuestra la inobservancia al principio de paridad sustantiva.

En los lineamientos dictados en el Juicio electoral 98/2023, el TEEO ordenó que se tenía que propiciar de manera efectiva la participación de las mujeres para alcanzar la integración paritaria en el Ayuntamiento y así estén en posibilidades de ser electas las mujeres a todos los cargos, entre esto, presidencia, sindicatura y regidurías.

En el estudio de este asunto, ciudadanos comparecieron en calidad de terceros interesados, quienes mediante escrito de comparecencia, refirieron que la asamblea, como máxima autoridad, aceptó la exclusión de las mujeres de la elección de la presidencia y sindicatura, justificando que su ordenamiento comunitario toma en cuenta todos los cargos o servicios que se cumplen en la comunidad y que se respeta el papel que tienen las mujeres y los hombres en todos ellos.

Además, el TEEO declaró fundados los agravios respecto a la vulneración del sistema normativo de Santa María Quiegolani, pues en las constancias se pudo advertir que en este se establece la realización de una asamblea previa, que tiene como finalidad fijar las reglas del proceso electivo.

Sin embargo, no hay elemento que acredite que a las agencias de policía San José Quianitas y Santiago Quivijolo, se le convocó a la asamblea de actos de preparación

 

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