Diariamente 18 denuncias son interpuestas ante la Fiscalía de Oaxaca por violencia familiar.
Los casos son sólo una muestra del delito en el estado pues muchos no se denuncian debido a distintos factores como la lejanía que hay hacia los ministerios públicos, temor a que la violencia se incremente o por desconfianza a que las autoridades realicen algo contra el agresor.
De enero a junio fueron abiertos 3 mil 349 expedientes por este delito que en el estado se sanciona desde los tres y hasta los nueve años de prisión.
El artículo 404 del Código Penal del Estado de Oaxaca define la violencia familiar, como toda “acción u omisión, dirigida a dominar, someter, controlar o agredir de manera física, verbal, psicológica, patrimonial, económica, sexual, o contra los derechos reproductivos, dentro o fuera del domicilio familiar, cuyo activo tenga o haya tenido relación de parentesco por consanguinidad, afinidad, legal, concubinato, noviazgo, relaciones de convivencia o mantenga o haya mantenido una relación similar con la víctima”.
El registro hemerográfico que realiza la organización Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad evidencia que son las niñas y niños desde antes de cumplir un año de edad, así como mujeres, las principales víctimas de la violencia familiar, mientras que el padre, la pareja y la expareja los agresores.
El monitoreo que realizan de manera diaria también muestra que las principales formas de violencia son los insultos y golpes.
El Código Penal de Oaxaca considera como delitos la violencia física, psicológica, patrimonial, económica, sexual y contra los derechos sexuales y reproductivos.
En éste especifica los elementos que caracteriza a cada una de estas agresiones, por ejemplo, en la psicoemocional se engloban prohibiciones, coacciones, intimidaciones, insultos, amenazas, humillaciones, chantaje, celos, abandono y actitudes devaluatorias.
La patrimonial esta caracterizada por la apropiación o destrucción del patrimonio de la pareja o familiares sin autorización. Incluye abuso de ingresos, despojo, destrucción de bienes, documentos personales, valores y recursos económicos.
En la económica incluye incumplimiento de responsabilidades alimentarias y limitaciones para controlar ingresos o recursos compartidos; mientras que en la sexual se caracteriza por prácticas sexuales no deseadas y celos para el control y manipulación de la pareja.
En el caso de violencia contra los derechos reproductivos se consideran acciones u omisiones que limitan o vulneran el derecho a decidir libremente sobre la función reproductiva
De enero a junio
- 3 mil 349 expedientes fueron abiertos por este delito en el estado.
- 3 a 9 años de cárcel es la sanción.
