Las asociaciones civiles Refleacciona con Responsabilidad A.C. y México Unido Libre de Lesiones Infantiles (Munli) presentaron el proyecto de Norma Oficial Mexicana (NOM) para que los asientos infantiles de automóviles cuenten con las certificaciones de seguridad vehicular necesarias para su uso.
Explicaron que de acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (2012), el 31 por ciento de los menores de 10 años afectados por lesiones causadas por hechos de tránsito, sólo el 12.3 por ciento utilizaba algún autoasiento o Sistema de Retención Infantil (SRI) en el momento del incidente.
Miguel Ángel Toscano, presidente de Refleacciona con Responsabilidad A.C., recordó que en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en el artículo 49 fracción VI, menciona la existencia de una NOM que regule las características técnicas para la comercialización de Sistemas de Retención Infantil.
Sin embargo, señaló que esa norma aún no existe, por lo que organizaciones de la sociedad civil están trabajando en la elaboración de una propuesta de anteproyecto que cumple con el artículo 34 de la Ley de Infraestructura de la Calidad para la certificación de autoasientos seguros para niñas y niños.
El activista resaltó que por cuestiones de seguridad vehicular, los pasajeros infantiles que midan menos de 145 centímetros aproximadamente, deben usar un SRI, ya que estos dispositivos pueden reducir las lesiones producto de un hecho de tránsito en un 70 por ciento.
Lamentó que de acuerdo con los resultados de LatinNcap en su “Programa de Evaluación de Sistemas de Retención Infantil (PESRI)”, de los SRI que se han sometido a sus pruebas y que se encuentran de venta en México, tres han obtenido una de cinco estrellas, es decir, el mínimo, lo que representa un riesgo para los pasajeros.
Expuso que en México se ha observado que únicamente alrededor del 6.8 por ciento de los menores de 10 años que viajan en un vehículo, usan un SRI.
Señalaron que la petición de la NOM debe ser aceptada por la Secretaría de Economía y continuará el proceso definido por la Ley de Infraestructura de la Calidad.
