Pasar al contenido principal
x

¿Sabes si se practican las terapias de conversión en Oaxaca? Mira aquí

terapias_de_conversion_oaxaca
Foto(s): Cortesía
Israel García Reyes

¿Sabes si se practican las terapias de conversión en el estado de Oaxaca? Sigue leyendo y te explicaremos todo lo relativo a este tema.

Comencemos por explicar qué son las denominadas terapias de conversión. Se trata de aquellas prácticas consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que tengan por objeto obstaculizar, anular, modificar o menoscabar la expresión o identidad de género.

Estas prácticas van dirigidas a cambiar la orientación sexual de una persona y en éstas se emplea violencia física, moral o psicoemocional mediante tratos crueles, inhumanos o degradantes que atenten contra la dignidad humana.

El caso de Oaxaca

Para el caso del estado de Oaxaca debes saber que desde el 2021 la entonces 64 Legislatura del Congreso de Oaxaca estableció castigar con cárcel a quien obligue a una persona a recibir terapias de conversión de orientación sexual o de identidad de género.

El artículo 200 Bis del Código Penal para el Estado de Oaxaca establece que a quien imparta u obligue a la persona a realizar esta actividad se le impondrán de dos a cinco años de cárcel. 

A su vez se indicó que el delito se perseguirá por querella necesaria, además que, en caso de obligar a una persona menor de 18 años de edad, una persona que no tenga capacidad para comprender el hecho o que no tenga la capacidad de resistir la conducta, la pena aumentará hasta siete años y medio. Y es cuando dicho delito se perseguirá por oficio.

Asimismo, a nivel nacional la Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Penal Federal y a la Ley General de Salud para tipificar y sancionar penalmente las terapias de conversión en territorio mexicano.

Cabe señalar que de acuerdo con especialistas todas las prácticas que intentan la conversión son inherentemente humillantes, degradantes y discriminatorias. 

En este sentido, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) señaló desde hace una década que las “terapias de conversión” no tenían justificación médica. “Son curas para una enfermedad que no existe”  y representaban una grave amenaza para la salud y los derechos humanos de las personas.

Terapias de conversión en el país

A nivel federal se impondrán de dos a seis años de prisión a quien realice, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento o terapia que busque cambiar o suprimir la orientación sexual o la identidad de género de las personas.

Señala que se aumentará al doble la sanción cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

A su vez, en caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima los que incurran en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

También se contempla que las sanciones se aumentarán al doble cuando implique una subordinación de la víctima y cuando la persona autora emplee violencia física, psicológica o moral en contra de la víctima.

En esencia, este tipo de prácticas están prohibidas tanto en Oaxaca como en todo el país, lo cual refuerza los derechos de las personas a ejercer su sexualidad de manera libre.

Noticias ¡Cerca de ti!

Conoce los servicios publicitarios que impulsarán tu marca a otro nivel.