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Proponen frenar outsourcing en Oaxaca con nueva iniciativa de ley

gobernador de Oaxaca
Foto(s): Cortesía
Giovanna Martínez

Luis Ignacio Velásquez

El gobernador del estado presentó a la 65 Legislatura una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Estatal de Hacienda, entre otros motivos para prohibir a las personas físicas, morales o unidades económicas la subcontratación de personal o comúnmente conocido como "outsourcing".

La iniciativa manifiesta que en lo que se refiere al Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal, se propone la reforma del artículo 63 en la fracción I y en su cuarto párrafo, y respecto del artículo 64 en sus párrafos segundo y tercero; para precisar que las personas físicas, morales o unidades económicas que contraten la prestación de servicios, podrán hacer dichas contrataciones siempre y cuando se trate de servicios especializados.

Mismo requisito que también será exigible cuando se contrate la ejecución de obras, ello derivado de la reforma al artículo 12 de la Ley Federal del Trabajo, en la que se estableció que queda prohibida la subcontratación de personal.

Obligaciones fiscales

Agrega que, en efecto la reforma de los artículos 12, 13, 14 y 15 de la Ley Federal del Trabajo, estableció que está prohibida la subcontratación de personal y solo se permite la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas que no formen parte del objeto social, ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria.

En ese sentido, al regular la ley laboral tal situación se hizo necesaria la reforma de diversas leyes federales que establecen el cumplimiento de las obligaciones fiscales y los requisitos, cuando los sujetos obligados se encuentren en los supuestos de subcontratación por la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas, tales como el Código Fiscal de la Federación, la Ley del Impuesto Sobre la Renta y la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Añade que, en ese sentido, es evidente la necesidad de reformar los artículos 63 y 64 de la Ley Estatal de Hacienda, con la finalidad de armonizarla a los ordenamientos federales citados, asimismo con la reforma en cita se cumple con el principio de legalidad previsto por el artículo 16 Constitucional, conforme al cual todo ejercicio de un poder público debe realizarse acorde a la ley vigente y su jurisdicción, y que la conducta que en el caso deba atribuirse al contribuyente debe encuadrar exactamente con la hipótesis normativa previamente establecida.

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