Pasar al contenido principal
x

"Perdonan" a ex titular de CAO

Foto(s): Cortesía
Tomás Martínez

El ex director de Caminos y Aeropistas de Oaxaca (CAO), Armando Félix González Bernabé, quedó absuelto del delito de abuso de autoridad al presentar la Fiscalía General del Estado un sobreseimiento en el expediente penal 305/2016 en el juzgado primero de lo penal.

 

Sin embargo, en el caso podrían iniciar una investigación, ya que en el amparo 699/2017 del juzgado segundo de distrito que fue sobreseído menciona que hubo una resolución del amparo 638/2014, en el cual mencionó que el 10 de noviembre del 2016 apenas habían transcurrido cuatro meses y tres días para la prescripción, y con ello hasta el 23 de julio del 2018 que se solicitó el sobreseimiento del caso, aún faltarían 11 meses con 14 días para cumplir los tres años que marca el Código Penal Vigente en el estado para que proceda la prescripción.

 

 

EN GUELAGUETZA, PROMUEVEN EL SOBRESEIMIENTO

 

 

El miércoles 18 de julio del 2018, fue un día inhábil para los empleados del Tribunal Superior de Justicia y Fiscalía General de Justicia del Estado, pero no así para algunos empleados adscritos al juzgado primero de lo penal, donde se instruyó la causa penal 305/2016 en contra de Armando Félix González Bernabé, ex director de Caminos y Aeropistas de Oaxaca.

 

 

Mientras la ciudadanía estaba entretenida con la Guelaguetza, una agente del Ministerio Público enviada exclusivamente para atender el caso, presentó el documento ante el juez primero de lo penal para solicitar el sobreseimiento en la causa penal, donde se le señalaba al ex funcionario del sexenio de Ulises Ruiz Ortiz  como presunto responsable del delito de abuso de autoridad.

 

 

La diligencia fue discreta, el ex funcionario arribó al juzgado ubicado en la parte posterior del penal de Santa María Ixcotel y el caso quedó cerrado, aún cuando un juzgado había determinado al día 10 de noviembre del 2016 habían transcurrido cuatro meses y tres días y sumando hasta el 23 de julio otros 620 días, serían 743 días, por lo cual faltarían 11 meses con 14 días para que el delito prescriba.

 

 

PERDIÓ UN AMPARO Y CONFIRMAN LA ORDEN DE APREHENSIÓN

 

 

El ex funcionario, al enterarse que tenía en su contra una orden de aprehensión decidió promover el amparo 439/2014 en el juzgado quinto de distrito, donde se resolvió que por el momento están demostrados el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del quejoso en su comisión.

 

 

Por ello, contra la orden de aprehensión librada por la autoridad responsable respecto de dicho antisocial, se determinó negar al peticionario de amparo la protección constitucional que solicitó.

 

 

Con ello, la orden de aprehensión quedó vigente, pero se fue a la revisión del amparo y en el cual además su abogado promovió que analizaran la prescripción del delito por haber ocurrido los hechos seis años antes.

 

 

Al recurrir a la revisión del amparo, un Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimotercer Circuito, con sede en esta localidad, al resolver el Amparo en Revisión 638/2014, promovido González Bernabé confirmó la orden de aprehensión.

 

 

Asimismo, indica que la sentencia emitida en el juicio de amparo 439/2014, no se dejó en libertad de jurisdicción al Juez Primero Penal del Distrito del Centro, para que nuevamente examinara el cuerpo del delito de abuso de autoridad y la probable responsabilidad del peticionario en su comisión.

 

 

La defensa del ex funcionario solicitó analizar: 1) Que la acción penal del delito de abuso de autoridad que se le atribuye se encuentra prescrita; y 2) Que no se encuentran demostrados el segundo, tercer y cuarto elemento del cuerpo del delito de abuso de autoridad, esto es, que no se acreditó que el quejoso hubiese tenido a su cargo caudales del erario; que les hubiere dado una aplicación distinta a aquella a que estuvieren destinados; y menos que con tales recursos se hubiere realizado un pago ilegal.

 

 

Los magistrados resolvieron que existían elementos de la probable responsabilidad y en el caso de la prescripción mencionó que “únicamente habían transcurrido cuatro meses con tres días como efectivos para que se actualice la prescripción (fojas 41 y 42, de la resolución de diez de noviembre de dos mil dieciséis, dictada en el Amparo en Revisión 638/2014 (sic)”).

 

 

PROMUEVE OTRO AMPARO

 

 

Armando González Bernabé, decidió nuevamente promover un amparo en el juzgado segundo de distrito, quedando radicado con el número 699/2017, el 28 de junio del 2017 y en el promovió lo mismo que en el anterior amparo.

 

 

Por ello, el juez segundo de distrito, al analizar el caso dijo que ya era cosa juzgada, porque no podía analizar nuevamente lo que un juez de distrito ya resolvió que la orden de aprehensión estaba vigente y sobre la prescripción del mandato judicial mencionó que en la resolución anterior ya habían determinado que al 10 de noviembre del 2016 llevaba cuatro meses con cuatro días.

 

 

Por ello, el 21 de mayo del 2018, el juez segundo de distrito resolvió y con ello la orden de aprehensión quedó vigente para ser ejecutada.

 

 

DECIDEN SOBRESEER EL CASO

 

 

A pesar de estar vigente el mandato judicial, la Fiscalía General del Estado decidió sobreseer el caso y presentó un escrito ante el juez primero de lo penal para solicitar el perdón por el caso.

 

 

El documento firmado por el Fiscal General del Estado, Rubén Vasconcelos Méndez, fue presentado ante la juez primero de lo penal y por lo cual el ex funcionario quedó exonerado.

 

 

LOS DATOS
 
AMPARO 699/2017
 
promovido en el juzgado segundo de distrito
 
28 de junio del 2017 fue presentada contra la orden de aprehensión y molestias de las autoridades
 
21 de mayo del 2018, resolvió y se desechó o sobreseyó por ser cosa juzgada
 
AMPARO 439/2014
 
30 de septiembre del 2014 se le negó la protección de la justicia federal y quedó vigente la orden de aprehensión
 
10 noviembre 2016, magistrados de Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimotercer Circuito,confirmaron la sentencia del juez de distrito, al negarle el amparo y queda vigente la orden de aprehensión
 
Sobre la prescripción dijeron que apenas llevaba 4 meses con tres días, porque el tiempo en el cual estuvo en trámite el amparo no contaba para que la policía buscara y lograr su detención.
 
FALTABA LA PRESCRIPCIÓN
 
ARTÍCULO 122.- La acción penal prescribirá en un plazo igual al término medio aritmético de la pena privativa de la libertad que señala la ley para el delito de que se trate, pero en ningún caso será menor de tres años.
 
DELITO DE ABUSO DE AUTORIDAD
 
Artículo 208 del Código Penal Vigente en el Estado; “Al que cometa el delito a que se refiere el presente artículo, se le impondrán de seis meses a doce años de prisión y de treinta a ciento cincuenta días de multa.10 de noviembre del 2016 llevaba 4 meses y tres días de la prescripción
 
Al 18 de julio del 2018, serían 615, que sumarían 738 días, es decir 2 años con 8 días
 
Faltaban 11 meses con 22 días para la prescripción
 
18 de julio del 2018, fue sobreseído el caso y quedó libre, sin ninguna culpa.

 

 

Fue acusado de abuso de autoridad

 

 

Armando González Bernabé fue acusado por el Gobierno del Estado por el presunto desvío de 736 millones 207 mil 337 pesos, cuando fungió como Director General de Caminos y Aeropistas de Oaxaca (CAO).

 

 

Sobre el mismo caso, ex director de administración y finanzas de Caminos y Aeropistas de Oaxaca (CAO), Manuel Alejandro Hernández Muñoz, fue detenido el 25 de agosto del 2011 como presunto responsable responsable del desvío de 736 millones de pesos del erario público.

 

 

Precisó que, según el Ministerio Público, Hernández Muñoz es presunto responsable del desvío de 736 millones 207 mil 337 pesos, en perjuicio del erario estatal.

 

 

Destacó que (en esa fecha) agentes de la AEI también localizaron al ex director de CAO, Armando Félix González Bernabé, pero éste exhibió una suspensión provisional otorgada por el Poder Judicial federal, pero ahora fue perdonado.

 

 

Cabe hacer mención que en el expediente 699/2017 de amparo del juzgado segundo de distrito se integraron los oficios del Coordinador General de la Agencia Estatal de Investigaciones, juzgados Primero, Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto de lo Penal del Distrito del Centro, la Organización Regional de la Policía Federal Ministerial de la Agencia de Investigación Criminal, del Fiscal General del Estado de Oaxaca, del Comisionado de la Policía Federal, y de la Secretaría de Seguridad Pública de Oaxaca, quienes buscaban a Armando González Bernabé y no lo encontraban.

 

 

De igual forma, informes al Juez Federal, del Director de Amparos de la Procuraduría General de la República (PGR), quien ha representado al titular de esa dependencia federal y Dirección General de Asuntos Policiales Internacionales e Interpol.

 

Noticias ¡Cerca de ti!

Conoce los servicios publicitarios que impulsarán tu marca a otro nivel.