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Adiós al límite de tiempo: lesiones podrán ser consideradas homicidio sin importar los días

El Congreso del Estado de Oaxaca durante la sesión donde se aprobó eliminar el límite de 60 días para considerar lesiones como homicidio.
Foto(s): Cortesía
Alexandra Zolorio

En el salón de sesiones del Congreso local, entre intervenciones breves y el ritmo habitual de la agenda legislativa, las y los diputados aprobaron una reforma que modifica un criterio jurídico que había permanecido por décadas en el Código Penal de Oaxaca: el límite de sesenta días para determinar si una lesión debía considerarse mortal.

La decisión no pasó desapercibida entre especialistas y defensores de derechos de las víctimas, pues el cambio implica que, a partir de ahora, la muerte de una persona podrá investigarse y sancionarse como homicidio sin depender del tiempo que haya transcurrido desde la agresión, sino de la relación directa entre el daño causado y el fallecimiento.

La iniciativa fue impulsada por la diputada Analy Peral Vivar, quien argumentó que el criterio anterior podía generar vacíos legales y, en algunos casos, impedir que hechos graves fueran castigados adecuadamente. En la práctica, explicaron legisladores durante la discusión, había situaciones en las que una víctima sobrevivía más de dos meses gracias a tratamientos médicos, pero finalmente fallecía como consecuencia de las lesiones, lo que complicaba la tipificación del delito.

Con la reforma, el Congreso busca cerrar esa puerta a la impunidad. El nuevo enfoque coloca en el centro el llamado “nexo causal”, es decir, la conexión directa entre la agresión y la muerte, independientemente del tiempo que haya pasado. De esta manera, la ley se ajusta a los avances médicos que hoy permiten prolongar la vida de personas con heridas graves durante semanas o incluso meses.

Durante la sesión ordinaria en la que se aprobó el dictamen, se destacó que el cambio también responde a estándares jurídicos nacionales e internacionales que reconocen el derecho de las víctimas y sus familias a la verdad, la justicia y la reparación del daño. Legisladores coincidieron en que mantener un límite fijo de días resultaba un criterio desactualizado frente a la realidad actual del sistema de salud y del sistema de justicia.

La reforma modifica el primer párrafo y elimina una fracción del artículo 286, además de ajustar el artículo 287 del Código Penal del Estado de Oaxaca. Aunque se trata de un cambio técnico en apariencia, su impacto podría reflejarse en la forma en que se investigan y sancionan delitos graves en la entidad.

Para organizaciones de víctimas y juristas, el mensaje es claro: el tiempo ya no será un obstáculo para que un crimen sea castigado como homicidio cuando exista evidencia de que la muerte fue consecuencia directa de una agresión.

En un estado donde los casos de violencia siguen siendo motivo de preocupación social, la reforma abre un nuevo capítulo en la legislación penal oaxaqueña, con la promesa de fortalecer la justicia para quienes han sufrido una pérdida.

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