Los diputados del Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Ericel Gómez Nucamendi y Pavel Meléndez Cruz, presentaron una iniciativa de reforma constitucional, a fin de garantizar la paridad de género en todos los ámbitos de la vida política y social de las mujeres.
En la exposición de motivos se señala que debe existir participación paritaria en los espacios donde se presenten desigualdades entre hombres y mujeres en los puestos de elección popular, la administración pública, administración de justicia, órganos autónomos, administrativos y jurisdiccionales, para que ninguna mujer sea discriminada por razones de preferencia, condición sexual, étnica, discapacidad o cualquier otra que vulnere sus derechos.
Manifiesta que el Estado Mexicano forma parte de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, derivado de los acuerdos de la Primera Conferencia Internacional de la Mujer de 1975.
“Dicho instrumento establece que se deben de adoptar medidas apropiadas para terminar con la discriminación contra las mujeres en la vida pública y política, asegurando de esta manera la igualdad entre mujeres y hombres, siendo que la discriminación contra la mujer puede presentarse tanto en la ley como en diversos ámbitos de su aplicación; un acto discriminatorio se determina no solo a partir del objeto o propósito, sino también de acuerdo con el resultado de su aplicación”.
Sin obstáculo de desarrollo
Añade que el Estado Mexicano debe contribuir para que la discriminación contra las mujeres no sea un obstáculo para el desarrollo de nuestro país.
Apunta que el artículo primero de la Convención sobre la Discriminación de la Mujer establece que la discriminación es toda distinción, exclusión y restricción basada en el sexo, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer independientemente de su estado civil, sobre el avance de igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos, las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y en cualquier otra esfera.
Continúa que el principio de igualdad se encuentra contemplado en el Artículo Cuarto de nuestra Carta Magna, siendo que como derecho fundamental constituye un elemento indispensable en un régimen democrático; a su vez el principio de igualdad se contempla en el artículo 12 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la constitución local, donde se establece que la mujer y el hombre serán sujetos iguales de derechos y obligaciones.
Subraya que el 7 de junio del presente año fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto mediante el cual se reforman diversos artículos de la Constitución federal en materia de paridad de género, estableciéndose en el artículo 4 transitorio que las legislaturas estatales en su ámbito de competencia deberán realizar las reformas correspondientes en su legislación local, para procurar la observancia del principio de la paridad de género.
