Por incumplir en su obligación de pago de pensión alimenticia, 64 personas fueron encarceladas durante el primer semestre del año.
En Oaxaca desde el 2016, quien sin motivo justificado incumple con su obligación de pagar la pensión alimenticia a las personas que tienen derecho a recibirla, es sancionado con cárcel.
De acuerdo con el reporte de Incidencia Delictiva del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), fue en abril, durante el periodo de aislamiento social por la presencia de la COVID-19 cuando se registró el menor número de personas penadas por incumplir en su obligación, hecho que podría estar ligado a la paralización y semiparalización de algunos servicios.
Las cifras detallan que durante enero fueron 10 casos, en febrero 13, marzo 15, en abril cayó a 6, lo mismo que en mayo, mientras junio y julio fueron siete casos en cada uno. Aun cuando lo anterior muestra un decremento, éste no es real ya que durante la pandemia muchas mujeres se vieron imposibilitadas a seguir con los trámites de denuncia debido a que los juzgados en un primer momento quedaron cerrados, posteriormente la afectación fue la carga de trabajo.
A nivel nacional, son otras las entidades que encabezan en este delito, lo cual no significa que en Oaxaca sean pocos los que incumplen. Lo que ocurre en la entidad es que el acceso a este derecho tiene un sinuoso camino en donde los deudores encuentran atajos y huecos para evadir su responsabilidad por varios años en procesos desgastantes para las mujeres que las llevan a abandonar los casos.
Actualmente en Oaxaca, la penalidad es de tres a cinco años. Al considerar que el incumplimiento a lo anterior violenta los derechos fundamentales de la niñez, ante el Congreso de Oaxaca existe una iniciativa que busca endurecer la sanción con ocho años de cárcel.
La pensión alimenticia no sólo comprende comida, sino también vestido, habitación, asistencia en caso de enfermedad, así como gastos de embarazo, parto, cuando el hijo o hija aún no nace.
De acuerdo a la ley es la obligación de dar alimentos tratándose de niñas, niños y adolescentes, que incluye además la enseñanza básica, media y el aprendizaje de alguna profesión u oficio, hasta pasados los 21 años que se considera que son adultos.
Casos por mes
- 10 en enero
- 13 en febrero
- 15 en marzo
- 6 en abril
- 6 en mayo
- 7 en junio
- 7 en julio
