El reclamo social de transparentar los recursos de los partidos políticos y procesos electorales fue de tal magnitud, por las consecuencias que trae, que llevó a establecer un régimen de fiscalización en la misma Constitución federal, “no se quedó en el trazado de la ley, sino se estableció en nuestra Carta Magna, lo que obliga a los órganos jurisdiccionales a considerarlo un principio indispensable en los procesos electorales”, afirmó el magistrado presidente de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Constancio Carrasco Daza.
En el primer patio del edificio de la Facultad de Derechos y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca (UABJO), manifestó que ahora corresponde a los órganos jurisdiccionales aplicar la ley a los precandidatos, candidatos y partidos políticos, que no cumplan con esta obligación.
Explicó que con motivo de la reforma constitucional del 2014, se determinó el modelo de fiscalización para los partidos políticos en cuanto a sus obligaciones en las precampañas y campañas políticas, a fin de que los partidos políticos, precandidatos y candidatos llevarán en orden sus estados de cuenta, sus gastos, en las distintas etapas que conforman el proceso electoral y para eso se estableció que sería la ley electoral donde se determinaría y el instituto nacional, a través de sus acuerdos generales, como se irían cumpliendo con la obligación de rendir los informes.
“Es decir, hay un trazado constitucional porque hay una sensibilidad de que el dinero que entre a los procesos electorales sea producto del financiamiento público, al que tienen derecho como prerrogativas los partidos, y los topes de financiamiento privado permisibles; ningún otro dinero puede ocupar los espacios de la política por las razones y las consecuencias que todos conocemos”.
Carrasco Daza señaló que en esa lógica lo que hizo la Sala Superior a partir de las investigaciones de los procesos que llevó a cabo el Instituto Nacional Electoral (INE), a través de la comisión de fiscalización, es observar en varios parámetros quiénes habían cumplido con su obligación tanto en precampañas y campañas, quiénes habían cumplido extemporáneamente que permitiera todavía al órgano de fiscalización del instituto revisar si los gastos había sido erogados y en esos montos, “pero también hubo casos en los que la rendición de informes fue muy posterior a la obligación reglamentaria y legal y en esas perspectivas el INE impuso determinaciones de multas a los partidos y coincidimos en esa lógica final con el instituto”.
LOS RETOS DEL 2018
- Respeto al Estado de Derecho.
- Las campañas políticas deben ser una catarsis social, deben servir para debatir los problemas sociales del país.
