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TEEO desechó queja del PT en Oaxaca, "quería cobrar doble"

Foto(s): Cortesía
Redacción

El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) desechó el recurso promovido por el Partido del Trabajo (PT), por el cual intentó que el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) le pagara doble las prerrogativas de enero, febrero y marzo de 2018.


Los magistrados ratificaron el acuerdo número IEEPCO-CG-20/2018, a través del cual se reasignó el financiamiento público de los partidos políticos a partir del mes de abril, toda vez, que ya les había pagado los primeros tres meses del año.


Sin embargo, el PT a través de su representante Ignacio Sergio Uraga Peña, demandó el pago, nuevamente, del primer trimestre de 2018.


“A consideración del actor, en la distribución de las prerrogativas se realiza a partir del mes de abril a diciembre, sin considerar los meses de enero, febrero y marzo; aduciendo que existe una reducción en los montos aprobados referente a las prerrogativas de los partidos políticos para actividades ordinarias y específicas a la cantidad que se distribuye en la calendarización”, expuso el análisis del expediente RA/17/2018.


El Pleno del Tribunal recordó que el 8 de marzo, a través de las sentencias de los expedientes RA/05/2018, RA/06/2018, RA/08/2018 y RA/09/2018; ordenó al Consejo General del IEEPCO reformulara el financiamiento de los partidos políticos a partir del nuevo valor de las Unidades de Medida y Actualización (UMA).


En consecuencia, expuso la sentencia, el órgano local definió nuevamente los montos de las prerrogativas de los partidos, como lo ordenó el Tribunal, para los nueve meses de 2018 que aún no se había pagado.


“Advirtiéndose que, el método utilizado para determinar las cantidades a entregar fue correcto”, señaló la sentencia.


“A los cual se advierte que no hubo una reducción en las cantidades que se entregará a los partidos políticos por actividades ordinarias y específicas de acuerdo con el cálculo del acuerdo impugnado, pues el partido recurrente (PT) no considera las cantidades ya entregadas”, agregó.
 


Y dan palo al PAN


En el mismo tema, pero en dentro del Recurso de Apelación identificado con el número RA/18/2018, promovido por el representante del PAN, Víctor Manuel Cisneros González; los magistrados electorales resolvieron que su queja ya fue atendida en la sentencia del 8 de marzo.


Incluso, plantearon que ésta ya fue ratificada por la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
 


Niegan actos anticipados de edil


En la sesión ordinaria del TEEO, los magistrados desecharon la queja presentada por Reynaldo López Martínez, por presuntos actos anticipado de campaña del Presidente Municipal de Santa Cruz Xoxocotlán, Alejandro López Jarquín.


En la sentencia del expediente número PES/03/2018, determinaron que no acreditan los actos denunciados.


Sin embargo, el Pleno del Tribunal resolvió que el edil sí violó la Ley al promover su imagen fuera del plazo que le permitía la normatividad, con motivo de su informe anual de labores.

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