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Rebasa grafía indígena al Registro Civil de Oaxaca

Foto(s): Cortesía
Redacción

El Registro Civil de Oaxaca presentó observaciones a la reforma realizada por el Congreso del Estado al artículo 68 del Código Civil en el que retiran las trabas en las oficialías para registrar nombres en lengua indígena.


Las precisiones se encuentran ante la Consejería Jurídica del Gobierno de Oaxaca. En éstas se solicita que se respeten las reglas lingüísticas, logísticas de redacción y ortográficas que marcan los parámetros del Registro Nacional de Población (Renapo).


Hay nombres en lengua indígena que llevan diéresis, paréntesis o guión medio que si bien se pueden asentar en el acta a nivel estatal ocasiona un problema mayor a la persona registrada, dijo Daniel Merlín Tolentino, Jefe de la Unidad Jurídica del Registro Civil.


En los catálogos de digitalización y captura que rigen todo el país no reconoce como nombre ciertos signos, por tanto no se pueden cargar a la base de datos y, a la larga, en un momento dado, por ejemplo, las personas no podrían tramitar una visa ya que las embajadas y la Secretaría de Relaciones Exteriores están vinculadas con el Registro Nacional de Población (Renapo).


"Estamos en el proceso para que se adicione, se complete la redacción o en su defecto se impugne dicha reforma. Nosotros estamos en la determinación que marque la consejería jurídica", expuso.


La adición


El pasado 11 de agosto, el Congreso del estado adicionó un último párrafo al artículo 68 del Código Civil para el Estado de Oaxaca, a fin de que en todos los casos que se requiera el oficial del Registro Civil esté obligado a registrar en el acta de nacimiento el nombre solicitado, con estricto apego a las formas orales, funcionales y simbólicas de comunicación pertenecientes a las lenguas indígenas.


De acuerdo con expuesto en el dictamen elaborado por el legislativo, para las comunidades indígenas uno de los problemas que dificulta el acceso al acta de nacimiento deriva de los formalismos de ciertas oficinas del Registro Civil.


En algunos casos, los jueces anteponen argumentos extra legales para impedir que las personas elijan el nombre de sus hijos con plena libertad, tales como la dificultad de escribirlo y el uso de vocablos cuyo origen es una lengua indígena.

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