Pasar al contenido principal
x

Proceso penal adversarial: revolución jurídica; fin a rapiña legaloide

Foto(s): Cortesía
Redacción

Oaxaca.- El nuevo modelo de justicia Penal Adversarial está dividido en tres etapas que los ciudadanos deberán conocer identificar fácilmente para no caer en actos de "rapiña" de abogados y servidores públicos sin ética. Estas son: investigación inicial, etapa intermedia y finalmente, juicio oral.


Con la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales, el Tribunal Superior de Justicia del Estado refiere que estas tres fases van desde la presentación de la denuncia o con detención del imputado hasta la sentencia,  mediante ilustraciones de fácil interpretación, es decir, sin tecnicismos jurídicos.


La ruta del nuevo Sistema de Justicia Penal Adversarial comprende más de setenta pasos que por su complejidad, sólo lo básico se sintetiza en esta entrega.


Un caso bajo el nuevo Sistema Penal puede empezar de dos formas: 1. Con la presentación de la denuncia o querella y; 2. Con la detención del imputado en flagrancia, es decir, cuando se está cometiendo el delito.


El caso termina hasta la audiencia de explicación de sentencia, etapa en la que el Juez determina si el imputado es inocente o responsable de haber cometido el delito. Aquí es importante señalar que en la nueva justicia penal se le nombrará imputado a la persona que en un proceso penal es señalada de probablemente haber cometido  un delito.


PRIMERA ETAPA: INVESTIGACIÓN


En la investigación del Ministerio Público y la Policía determinarán la probable existencia de un delito y buscarán a la persona que lo cometió.


Una vez que el Ministerio Público cuenta con pruebas de que una persona pudo haber cometido un delito o participado en él, debe acudir con el juez y acusarlo formalmente (formularle imputación) en una audiencia pública, por ello a esta persona y a partir de este momento se le llama imputado.


En el sistema de justicia penal  acusatorio existen tres etapas, y cada una será supervisada por un Juez distinto.


En la etapa de investigación existe el Juez de Control, encargado de revisar que la investigación arroje los datos que indiquen la probable participación de la persona imputada en el delito investigado. Si es así, autorizará al Ministerio Público a llevar a esa persona a juicio, para acusarle formalmente.


En tanto se realice el juicio, el Juez de Control puede imponer medidas cautelares al imputado para evitar que se fugue, obstaculice la investigación o dañe a la víctima. Estas medidas pueden ser: asignarle una fianza, prohibirle acercarse a la víctima o testigos, o salir de la ciudad donde se llevará a cabo el juicio, entre otras.


Las medidas cautelares son una forma de prevenir que se pueda seguir dañando a la víctima o su patrimonio o que el imputado evada su responsabilidad de participar en el juicio.


SEGUNDA ETAPA: INTERMEDIA


Si el Ministerio Público considera que tiene suficientes pruebas como para suponer que el imputado es culpable, presentará su acusación ante el Juez.


En esa acusación agregará la lista de testigos y peritos o expertos que desea que declaren en el juicio para comprobar la culpabilidad del imputado.


En la etapa intermedia se desarrolla un debate ante el Juez de Control. En este debate, el imputado y la víctima, a través de sus abogados o por ellos mismos, prenderán las pruebas que presentarán en el juicio y el Juez de Control decidirá cuales de éstas se admitirán.


En el caso de delitos menores, se podrán aplicar salidas alternas que permitirán encontrar solución al conflicto sin llegar a juicio, y que ayudarán a determinar el proceso en menor tiempo.


Las salidas alternas de solución de conflictos  como se explica más adelante, es una manera de encontrar una solución que permita que a cambio de no ir a prisión, el imputado acepte su culpa y repare el daño ocasionado a la víctima.


De no ser efectiva una salida alterna conforme a derecho, se continuará con la siguiente fase del juicio.


TERCERA ETAPA: JUICIO ORAL


El Juicio Oral es una audiencia pública en la que el Ministerio Público (acusador) y la defensa (acusado) debatirán sus diferentes posturas.


El debate es presidido por un Tribunal de Enjuiciamiento, integrado por uno o tres Jueces de acuerdo a como lo determine cada entidad federativa de nuestro país. Este tribunal es la segunda figura del Poder Judicial  que participa en cada juicio.
El juez de juicio oral escuchará a las partes y valorará las pruebas que se desahogaron en los interrogatorios, después dictará la sentencia que determine la culpabilidad o inocencia del imputado, la cual será leída y explicada oralmente de una manera clara y precisa para el imputado y la víctima.


Hoy las víctimas del delito y los responsables de cometer un delito podrán saber desde un inicio cómo funciona la justicia, qué esperar del proceso penal y entender con toda claridad lo que sucede durante el juicio, porque es importante recordar que el debido proceso penal es un derecho humano.

Noticias ¡Cerca de ti!

Conoce los servicios publicitarios que impulsarán tu marca a otro nivel.