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Planchan Tribunal de Justicia Administrativo de Oaxaca

Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

La 63 legislatura aprobó diversas reformas a la Constitución local, con el propósito de transformar el actual Tribunal de lo Contencioso Administrativo y de Cuentas en el nuevo Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Oaxaca, cuyos magistrados serán designados por el gobernador del estado.


De acuerdo al dictamen elaborado por la Comisión Permanente de Estudios Constitucionales, el tribunal de justicia administrativa estará integrado por una Sala Superior y Salas Unitarias de Primera Instancia. La Sala Superior del Tribunal se compondrá de cinco magistrados y actuará en Pleno.


El documento precisa que los magistrados de la Sala Superior serán designados por el gobernador del estado y ratificados por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la legislatura.


Señala que para las designaciones, el gobernador acompañará una justificación de la idoneidad de las propuestas, para lo cual hará constar la trayectoria profesional y académica de la persona propuesta, a efecto de que sea valorada dentro del procedimiento de ratificación por parte del Congreso del Estado. Para ello, conforme a la normatividad de ese órgano legislativo, se desahogarán las comparecencias correspondientes, en que se garantizará la publicidad y transparencia de su desarrollo


Los magistrados designados durarán en su encargo siete años improrrogables y serán sustituidos de manera escalonada, en los términos que establezca la legislación aplicable.


Los magistrados de este tribunal elegirán a su presidente, para un período de dos años, con posibilidad de ser reelecto para otro periodo igual.


Añade que los magistrados de las Salas Unitarias de Primera Instancia, serán designados por el gobernador del estado y ratificados por mayoría de los miembros presentes de la legislatura. Durarán en su encargo cinco años pudiendo ser considerados para nuevos nombramientos.


Los legisladores estatales facultaron al gobernador a emitir la convocatoria de magistrados del Tribunal Superior de Justicia de conformidad con lo establecido en el artículo 102 de la Constitución.  Así mismo, designar a los magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Oaxaca, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 QUÁTER de la Constitución.


Además de recibir las renuncias de los magistrados del Tribunal Superior de Justicia y de los magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Oaxaca, haciéndolas del conocimiento del Congreso del Estado o de la Diputación Permanente, para la aprobación, en su caso.


 


Candados y sanciones


Prevé que las personas que hayan ocupado el cargo de magistrado, de Sala Superior o de las Salas Unitarias de Primera Instancia del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Oaxaca, no podrán, dentro del año siguiente a la fecha de su retiro, actuar como patronos, abogados o representantes, en cualquier proceso ante los órganos de dicho tribunal.


Los impedimentos serán aplicables a los servidores públicos del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Oaxaca, que gocen de licencia. La infracción será sancionada con la pérdida del respectivo cargo, así como de las prestaciones y beneficios que en lo sucesivo correspondan por el mismo, independientemente de las demás sanciones que las leyes prevean.

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