Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) desecharon la impugnación a los Lineamientos de Paridad, presentada por los partidos políticos; ya que argumentaron que esta norma resguarda que haya una igualdad real en la asignación de candidaturas a las mujeres.
Expusieron que, con el método aplicado en la elección de 2016, no hubo paridad.
“Se confirma el acuerdo IEEPCO-CG-76/2017 por el que se aprobaron los Lineamientos en materia de paridad de género que deberán observar los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o independientes en el registro de sus candidaturas ante el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca”, expresó la sentencia de este juicio identificado con el número RA/16/2017 y su acumulado RA/17/2017.
El magistrado Víctor Manuel Jiménez Viloria explicó que tomaron en consideración, para esta sentencia, los resultados de la elección local anterior.
“Se parte de un reconocimiento a la exclusión histórica que han sufrido las mujeres en todos los ámbitos: educativo, económico, laboral, social, político. Y ahí tenemos los números concretos, no tenemos la paridad”, dijo.
Jiménez aseguró que los magistrados que integran el TEEO coincidieron en que debe haber una paridad real en la asignación de candidaturas en zonas competitivas para los partidos políticos, en donde tienen posibilidades reales de triunfo.
“No solo en las condiciones que han de existir para facilitar que las mujeres tengan acceso a los cargos públicos, sino también hay que reconocer las diferencias, es decir, las condiciones específicas que se buscan alcanzar”, agregó.
Los partidos políticos impugnaron los lineamientos de paridad de género emitidos por el IEEPCO, ya que, argumentaron, extralimitó sus facultades. Este planeamiento fue desechado en el juicio por infundado.
Ante los señalamientos públicos de que el retraso en la sentencia de este Tribunal sobre este caso generaba incertidumbre jurídica a las mujeres en la asignación de las candidaturas, el magistrado Jiménez Viloria afirmó que los lineamientos siempre han estado vigentes, a pesar del proceso que se seguía en el TEEO.
Imponen multa a petista
Por otro lado, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca impuso una multa de 12 mil pesos al precandidato del Partido del Trabajo (PT) a la Presidencia Municipal de Santa Lucía del Camino, Dante Montaño, por actos anticipados de campaña.
Además, los magistrados acordaron realizar una amonestación pública a ese partido político por estas acciones.
Los integrantes de este órgano impusieron esta sanción a Montaño en cumplimiento a una sentencia de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que revocó la sentencia previa de los magistrados oaxaqueños en la cual exoneraron al petista.
En la última sesión del Consejo General del IEEPCO, se acusó al Tribunal de Oaxaca de retrasar la resolución de este caso, e incluso, se hizo una advertencia ante la eventual intención de Dante Montaño de registrarse como candidato.
