Pasar al contenido principal
x

Exigen diputados reglamento de Ley de Mejora Regulatoria

Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

El Congreso del estado exhortó al titular del Poder Ejecutivo, Alejandro Murat Hinojosa, expedir el reglamento que dispone los artículos transitorios de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Oaxaca.


Al aprobar el dictamen presentado por la Comisión Permanente de Administración Pública, que preside el diputado Ericel Gómez Nucamendi, los legisladores también exhortaron al mandatario estatal a que gire instrucciones al secretario de economía, Juan Pablo Guzmán Cobián, a fin de que integre la Coordinación Estatal de Mejora Regulatoria, como lo dispone la misma ley.


El dictamen precisa que de conformidad con los artículos transitorios de la ley, publicada en el mes de julio del año en curso, el reglamento y la instalación del consejo estatal deberán realizarse en un plazo máximo de 60 días después de la entrada en vigor de la misma, pero este plazo ha sido rebasado y no se cumple con la normatividad.


Subraya que el 17 de julio del año del 2019 la 64 legislatura aprobó la expedición de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Oaxaca, del cual se derivó el decreto número 733, publicado en el Periódico Oficial del Estado.


Agrega en el artículo 14 de la ley se establece que el consejo estatal es el órgano responsable de coordinar la política estatal en materia de mejora regulatoria y tendrá atribuciones para establecer las bases, principios y mecanismos para la efectiva coordinación en el ámbito estatal de la misma, para promover el uso de metodologías, instrumentos, programas y las buenas prácticas nacionales e internacionales en la materia.


Conformación del consejo


Dicho consejo deberá estar integrado por el titular del Poder Ejecutivo, quien los presidirá y en su ausencia lo suplirá el titular de la Secretaría de Economía; el secretario de economía; el titular de la coordinación estatal, quien fungirá como secretario ejecutivo; el titular de la Secretaría General Gobierno; el titular de la Secretaría de Finanzas; el titular de la Secretaría de Administración; el titular de la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental; el consejero jurídico del gobierno del estado; y el presidente de la Comisión Permanente de Desarrollo Económico, Industrial y Artesanal de la legislatura local.


El artículo 23 establece que la coordinación estatal es una área administrativa de la Secretaría de Economía del Poder Ejecutivo, la cual tiene como objetivo regular, promover, aplicar y supervisar la mejora de las regulaciones y las simplificaciones de trámites y servicios del sujeto obligado, procurando que estos generen beneficios superiores a sus costos y el máximo beneficio para la sociedad.


En tanto que los artículos tercero y cuarto, señalan que los reglamentos de esta ley deberán promulgarse en un plazo que no exceda los 60 días naturales de la entrada en vigor de la ley; y que en el mismo plazo deberá de instalarse el Consejo Estatal de Mejora Regulatoria.


“Es por estos motivos que se propuso al Congreso este punto de acuerdo, ya que como queda demostrado su propósito radica en procurar los mejores beneficios para la sociedad con los menores costos posibles, mediante la formulación normativa de reglas e incentivos que estimulen la innovación, la confianza en la economía, la productividad y la eficiencia a favor del crecimiento y el bienestar general de la sociedad, y cuyos plazos han sido rebasados para la integración de dicho consejo estatal y la expedición de su reglamento”.

Noticias ¡Cerca de ti!

Conoce los servicios publicitarios que impulsarán tu marca a otro nivel.