El dictamen de las comisiones unidas de educación y puntos constitucionales de la 64 legislatura federal, que se turnó al pleno para su discusión y, en su caso aprobación, prevé el establecimiento de un Sistema para la Carrera de los Profesores en sus funciones docente, directiva o de supervisión. En otras palabras, un servicio civil de carrera, lo que mantiene latente la movilización de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación.
Además establece que corresponderá a la federación su rectoría y, en coordinación con las entidades federativas, su implementación.
Transparencia con plazas
El documento subraya que la admisión, promoción y reconocimiento de personal que ejerza la función magisterial, directiva o de supervisión, se realizará a través de procesos de selección a los que concurran los aspirantes en igualdad de circunstancias, los cuales serán públicos, transparentes, equitativos e imparciales y considerarán los conocimientos, aptitudes y experiencias necesarios para el aprendizaje y el desarrollo integral de los educandos.
Agrega que los nombramientos derivados de estos procesos sólo se otorgarán en términos de ley. Lo dispuesto en este párrafo en ningún caso afectará la permanencia de los maestros en el servicio.
Incluso se asigna al Congreso federal la facultad de establecer el Sistema para la Carrera para profesores en términos del artículo 3º de la Constitución.
En el artículo segundo transitorio se prevé que a partir de la entrada en vigor del decreto se abroga la Ley General del Servicio Profesional Docente, se derogan todas las disposiciones contenidas en las leyes secundarias y quedan sin efecto los reglamentos, acuerdos y disposiciones de carácter general contrarias a este derecho.
Suspenden evaluaciones
Además, que hasta en tanto el Congreso de la Unión expida la ley en materia de Servicio de Carrera de las y los Maestros, queda suspendida cualquier evaluación y permanecerán vigentes las disposiciones que facultan a la actual Coordinación Nacional del Servicios Profesional Docente de la Secretaría de Educación Pública, para proveer las medidas necesarias y dar cumplimiento a los procesos derivados del Servicio Profesional Docente.
Dice que en la aplicación de este decreto se respetarán los derechos adquiridos de las y los maestros, los cuales no podrán ser restringidos o afectados de manera retroactiva con las disposiciones de nueva creación.
También manifiesta que a partir de la entrada en vigor de este decreto se abroga la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y se derogan todas las disposiciones contenidas en las leyes secundarias y quedan sin efecto los reglamentos, acuerdos y disposiciones de carácter general contrarias a este decreto.
Por estas disposiciones la CNTE, en donde participa activamente la sección 22 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), se declaró en alerta máxima.
