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Duplican multa a ex candidato priista de Juchitán

Foto(s): Cortesía
Redacción

La Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) duplicó la multa impuesta al ex candidato del PRI a Presidente Municipal de Juchitán, Hageo Montero López; por utilizar a una funcionaria de la Secretaría de Asuntos Indígenas (SAI) del Gobierno de Oaxaca, para difundir su campaña electoral.


En la sentencia del juicio electoral número SX-JE-33/2019, los magistrados consideraron que la sanción de 45 mil 345 pesos impuesta al actual regidor del Ayuntamiento de Juchitán por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) fue insuficiente.


En consecuencia, fijaron un nuevo monto, para lo cual tomó en cuenta tres factores: daño patrimonial, beneficio económico y multa por utilizar recursos públicos.


“Se impone al denunciado Hageo Montero López, una sanción consistente en una multa de $90,691.60 (noventa mil seiscientos noventa y un pesos 60/100 M.N.), de conformidad con lo establecido en la presente sentencia”, establece esta sentencia


Durante el proceso electoral de 2018, el titular de la SAI, Francisco Javier Montero López obligó a la directora de comunicación indígena de su oficina, María del Sol Cruz Jarquín a trabajar en la campaña de su hermano, Juchitán. El 2 de junio, esta joven fue asesinada en esa localidad mientras realizaba estas funciones.


Originalmente, el TEEO había sancionado al ex candidato del PRI con solo 20 mil pesos, sin embargo, por orden de la Sala Xalapa, los magistrados locales calcularon nuevamente esta multa, y el 21 de febrero, ordenaron al priista pagar 45 mil 345 pesos.


Esta última determinación fue impugnada ante el TEPJF por la periodista Soledad Jarquín Edgar, madre de la víctima; quien expuso que en este último cálculo de la sanción no se consideró el beneficio obtenido por Hageo Montero, para su campaña, al usar recursos públicos estatales.


En los argumentos, los magistrados de la Sala Xalapa otorgaron la razón a Jarquín, y además, elevaron la clasificación del ilícito cometido por el ex aspirante del PRI.


Determinó que, contrario a la considerado por el TEEO, el desvío de recursos del Gobierno del Estado a la campaña de Hageo Montero no podía ser considerado como falta ordinaria; sino como “falta grave especial”.


“Toda vez que la afectación a la imparcialidad y equidad de la contienda derivó de la aplicación de los recursos públicos, se considera esa situación como agravante para calificarse como una falta grave especial y no como grave ordinaria”, agregó, la sentencia.


En abonos


En esta sentencia, la Sala Xalapa concedió a Hageo Montero López la oportunidad de liquidar esta sanción en abonos.


Estableció que dispone que los 90 mil 691 pesos podrán cubrirse en seis mensualidades; toda vez, que los ingresos del regidor del PRI ascienden, actualmente, a 30 mil pesos.

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