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Cuotas escolares en Oaxaca, ni voluntarias ni legales

Foto(s): Cortesía
Redacción

Los hijos de María acuden a una escuela primaria ubicada en Etla, ella labora todo el día, por lo que no pudo asistir a una reunión; ese fue su gran error.


Ahora tiene que pagar mil pesos como parte de una multa que le impusieron por su falta, monto que se duplica si no la liquida en el tiempo que se lo indican.


Como María, muchos padres de familia se ven afectados por multas y cooperaciones “voluntarias”, al no asistir a un tequio o a una asamblea.


Incluso en algunas escuelas llegan al extremo de no entregar los papeles finalizado el ciclo escolar, situación que según las leyes de educación estatal y federal, no está permitida.


La ley federal permite cuotas


La Ley General de Educación en su artículo sexto, el cual fue reformado en el 2013, señala que, “la educación que el Estado imparta será gratuita. Las donaciones o cuotas voluntarias destinadas a dicha educación en ningún caso se entenderán como contraprestaciones del servicio educativo”.


En ninguna de sus fracciones esta ley aborda el tema de las multas por incumplir con los requerimientos que marca la escuela, y mucho menos habla de cifras.


“Las autoridades educativas en el ámbito de su competencia, establecerán los mecanismos para la regulación, destino, aplicación, transparencia y vigilancia de las donaciones o cuotas voluntarias. Se prohíbe el pago de cualquier contraprestación que impida o condicione la prestación del servicio educativo a los educandos” describe dicho apartado.


Además destaca que ninguna cuota puede ponerse como pretexto para no entregar las boletas o certificados.


Inscripción, fuera de la ley

Tanto la ley federal y la estatal de educación corta de tajo las inscripciones que se realizan cada año, ya sea de nuevo ingreso o para cambiar de grado.

Para las cuotas, la ley federal permite que se realicen, siempre y cuando sean voluntarias, además de que no deben condicionar el derecho a la educación de los alumnos.

En cuanto a las multas, ni siquiera están contempladas en las leyes de educación vigentes.


 


“En ningún caso se podrá condicionar la inscripción, el acceso a la escuela, la aplicación de evaluaciones o exámenes, la entrega de documentación a los educandos o afectar en cualquier sentido la igualdad en el trato a los alumnos, al pago de contraprestación alguna".


La ley estatal lo frena


En la Ley de Educación para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca, promulgada en el 2016, en su título quinto, artículo 74, fracción I, destaca que los padres de familia tienen derecho a “obtener en forma gratuita, inscripción para sus hijos o pupilos menores y mayores de edad dependientes económicamente, en las escuelas públicas del sistema educativo estatal, previo cumplimiento de los requisitos legales establecidos”.


En el título tercero, en su artículo 46, se reconoce que “el pago de los servicios básicos de las escuelas públicas, y demás inmuebles destinados a la educación, estará a cargo de la Autoridad Educativa Estatal”, por lo que ninguna autoridad educativa estatal deberá pedir cuotas para el mejoramiento de las infraestructuras de las escuelas.

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