La tarifa del servicio de estacionamiento público no puede ser regulada por el ayuntamiento de Oaxaca de Juárez por carecer de facultades, porque según la Constitución Política federal no afecta la economía de la vida nacional.
“Existe mucha controversia e interés en el tema, pero el gobierno municipal no está autorizado para hacer una normatividad”, aseguró el presidente de la Asociación de Estacionamientos Públicos Privados del Estado de Oaxaca, Eduardo Vivanco Santiago.
El empresario sostuvo que el ayuntamiento violaría el artículo 28 de la Constitución Política federal, porque el servicio de estacionamiento y sus tarifas no son objeto de regulación.
Explicó que el establecimiento de los precios máximos de los artículos, materiales o productos considerados necesarios para la economía nacional o el consumo popular, corresponde únicamente a las legislaturas.
Es decir –afirmó–, deberán de estar contempladas en una ley y no en un reglamento.
De esta manera, destacó que el servicio de estacionamiento público no reúne las características para ser sujeto de control de precios, pues no es necesario para la economía nacional, ni se incluye dentro de la canasta básica.
Por eso, subrayó que la tarifa del servicio de estacionamiento público está sujeta a la ley de la oferta y la demanda, más no a un ejercicio de control de precios máximos.
Vivanco Santiago dijo que el costo por hora se define por factores como la ubicación del estacionamiento, su zona económica y los gastos directos e indirectos para su operación.
“La tarifa se difiere por el pago de la renta, de salarios, de energía eléctrica, de impuestos y de la cuota del Seguro Social, entre otras cosas, más no por una decisión arbitraria”, apuntó.
