El Congreso estatal aprobó la Ley de Consulta Previa, Libre e Informada de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas para el Estado de Oaxaca.
La presidenta de la Comisión Permanente de Derechos Humanos, Magaly López Domínguez, destacó que con esta ley los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas tiene derecho a ser consultadas de manera previa, libre, informada, de buena fe y culturalmente adecuada, mediante procedimientos apropiados y a través de sus asambleas generales, autoridades comunitarias, entre otras instituciones de conformidad con sus sistemas normativos.
En sesión ordinaria, señaló que en todos los casos deberá garantizarse el respeto y pleno ejercicio de los derechos fundamentales de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas susceptibles de ser afectados por la medida sometida a consulta, a fin de preservar la diversidad y pluriculturalidad del estado.
Destacó que debe ser motivo de consulta toda medida legislativa, todo proceso de desarrollo que el estado pretenda implementar en la medida que éste sea susceptible de afectar a las vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual, y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como cualquier proyecto que pueda afectar sus tierras, territorios y otros recursos, el medio ambiente y las formas de organización de las comunidades.
López Domínguez dijo que particularmente deben consultarse aquellos relacionados con el desarrollo, utilización o explotación de los recursos minerales, hídricos o de otro tipo.
La legisladora de Morena subrayó que es materia de consentimiento previo, libre e informado, cuando excepcionalmente sea necesario el traslado y la reubicación de comunidades y pueblos indígenas fuera de sus tierras, la posible privación de cualquier tipo de bien cultural, intelectual, religioso y espiritual; cualquier tipo de confiscación, toma, ocupación, utilización o daño efectuado en tierras y territorios que tradicionalmente hayan poseído, ocupado o utilizado de otra forma las comunidades.
Además del almacenamiento, confinamiento o la eliminación de materiales peligrosos en las tierras y territorios de las comunidades, y cualquier proyecto que afecte a sus tierras o territorios y otros recursos particularmente en relación con el desarrollo, la utilización o la explotación de recursos naturales en el ámbito de competencia estatal y municipal.
