El Congreso del estado aprobó 298 leyes de ingresos de igual número de municipio, para el ejercicio fiscal 2020.
El acuerdo al dictamen de la Comisión Permanente de Hacienda señala que del estudio y análisis de los proyectos de leyes de ingresos por los ayuntamientos se constató que reúnen los requisitos esenciales de los atributos, referentes a objeto, sujeto, tasa o tarifa y época de pago y reunidos estos requisitos, queda protegida la hacienda pública municipal y el interés público que existe en las fuentes de financiamiento del gasto público municipal.
Añade que además las disposiciones contenidas en estas leyes, establecen tasas, cuotas y tarifas, equiparables a las del ejercicio anterior y por lo tanto, no son lesivas para el contribuyente, ya que solo se adecuaron a las circunstancias inflacionarias que vive el estado y la Nación, lo que sitúa a estos atributos como proporcionales, equitativos y acorde a las circunstancias económicas de cada municipio en las que habrán de aplicarse leyes de ingresos municipales para el ejercicio fiscal 2020 y con ello, se cumple con los principios tributarios que mandata el el artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Manifiesta que es oportuno señalar que el interés supremo de la sociedad en que existan finanzas sanas en los municipios del estado también se protege cuidando que estén perfectamente definidos los impuestos, derechos, productos, aprovechamientos, aportaciones de mejores, participaciones, fondos de aportaciones, convenios y demás fuentes de financiamiento de la hacienda pública municipal, propósito que se logra con las leyes que ahora se aprueban y que les permitirá a los ayuntamientos elaborar un sólido presupuesto de egresos para el 2020 de estos municipios y que se verá reflejado en obras, servicios públicos, seguridad pública y otros gastos enfocados al bienestar de las comunidades de los municipios.
Dice que también con las leyes que ahora se aprueban se establece el marco jurídico congruente ya que se contemplan atributos claros, precisos y acordes al medio económico en el que tributa el contribuyente, ya que las cuotas y tarifas fueron elaboradas por los integrantes de los ayuntamientos de estos municipios y estos se cercioraron de que cada tributo fuera idóneo y acorde a los ingresos del contribuyente, a su capacidad de pago y acorde a los beneficios que el contribuyente recibe del gobierno municipal.
Apunta que además cuando los ayuntamientos se encontraron con diversas capacidades tributarias establecieron mínimos y máximos para adecuarlos a la capacidad de pago y el nivel de beneficios que recibe el ciudadano del ente público.
Destaca que se pudo observar que algunos municipios realizan cada vez mayores esfuerzos recaudatorios para fortalecer sus ingresos municipales, ya que ello les permite tener mayores participaciones federales e incrementar las fuentes internas de recaudación, lo que se traduce en un crecimiento presupuestario que les permitirà cumplir con los objetivos de gobierno municipal, mejorando la calidad de vida de los ciudadanos que residen en los municipios y darle mayor bienestar a la sociedad en su conjunto.
