El municipio de Oaxaca otorgará en 2018 un descuento en el pago de Impuesto Predial de 50% a jubilados, pensionados y adultos mayores; padres o madres solteros, viudos, divorciadas o separadas con hijos menores de edad o con discapacidad; así como un descuento del 10 al 4% a los contribuyentes que realicen sus pagos en los primeros cuatro meses del año.
Según la Ley de Egresos del Municipio, además, a los contribuyentes que se hayan puesto al corriente realizando su pago predial a más tardar el 31 de diciembre del ejercicio fiscal inmediato anterior, se les hará un descuento adicional de 5% aplicable únicamente si el pago se realiza por anualidad anticipada en los meses de enero y febrero.
Precisa que los ciudadanos que paguen en los meses de enero y febrero el Impuesto Predial recibirá un descuento de 10%, en marzo del 6% y en abril de 4%; además se anularan al 100 por ciento los recargos del primer bimestre de 2018 a quien pague el impuesto en el mes de abril.
Descuento verde
Añade que a los contribuyentes que en el inmueble de su propiedad en el exterior y al frente mantengan y conserven flores naturales en fachadas, muros verdes, azoteas verdes, árboles, prados y áreas verdes, se les hará un descuento adicional del 3%, aplicable únicamente si el pago se realiza por anualidad anticipada durante los meses de enero, febrero o marzo, siempre y cuando el titular del predio presente ante los módulos recaudadores constancia emitida por la Dirección de Ecología.
Aclara que entenderá por muro verde la instalación vertical cubierta de plantas naturales de diversas especies, cultivadas en una estructura especial dando la apariencia de ser un jardín vertical. En el caso de las azoteas verdes se entenderá como aquellas en que se cultiven plantas en sistemas compuestos por una membrana antirraíces, que se extienden en la superficie de la azotea con un sistema de drenado cubiertas parcial o totalmente de vegetación natural o es utilizada como huertos a las que se les brinda el cuidado y mantenimiento necesario.
En el caso del descuento a personas jubiladas, pensionadas y adultos mayores, especifica que para obtener el mismo es necesario ser propietario o copropietario o usufructuario vitalicio del inmueble; y que la base gravable del inmueble no sea mayor de un millón 500 mil pesos.
La base gravable del inmueble es determinada de acuerdo con el avalúo realizado por el personal autorizado de la Dirección de Ingresos.
Si tiene una base gravable mayor a un millón 500 mil pesos pero se acredita una condición económica precaria mediante dictamen emitido por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Municipal, el descuento será de 30% respecto de la suerte principal en el ejercicio fiscal 2018. Este descuento será aplicable, únicamente respecto a un bien inmueble de uso habitacional.
Para los padres o madres solteros, personas viudas, divorciadas o separadas con hijos menores de edad o con discapacidad, es necesario ser propietario del inmueble, cuya base gravable debe ser hasta por un millón de pesos; contar con superficie de construcción y dictamen emitido por el Comité Municipal del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en donde conste el estatus que presenta el contribuyente.
