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Estos son los puentes de septiembre de acuerdo a la SEP y a la LFT

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Foto(s): Cortesía
Israel García Reyes

Con la llegada de septiembre y a pocos días de haber iniciado el nuevo ciclo escolar en México muchas personas se preguntan cuáles son los puentes y días feriados. Es por ello que a continuación te damos la información que necesitas.

Primeramente es necesario saber que existen días feriados que están contemplados en el calendario escolar de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y en la Ley Federal del Trabajo (LFT), respectivamente.

Trabajar en días feriados

La importancia de conocer estos días feriados radica en que son jornadas de descanso obligatorio para estudiantes de educación básica, y para los trabajadores, por lo que, en caso de la necesidad de laborar deben ser remunerados de manera diferente.

Según el calendario oficial de la SEP para educación básica, los estudiantes tendrán un descanso el lunes 16 de septiembre debido a la conmemoración de la Independencia de México de 1810.

Fecha para el Consejo Técnico Escolar

Por otra parte, para estudiantes de educación pública y para su personal se otorgará otro día libre el viernes 27 de septiembre para celebrar el denominado Consejo Técnico Escolar, una reunión mensual donde los maestros analizan y planifican el trabajo educativo.

Por su parte, la LFT establece que el 16 de septiembre es un día de descanso obligatorio para los trabajadores del país en conmemoración de la Independencia de México. Durante esta fecha no estás obligado u obligada a asistir a tu lugar de trabajo, y si lo haces, tendrás derecho a una compensación económica.

Compensación económica

La LFT determina que si te ves en la obligación de trabajar el 16 de septiembre, la ley dicta que debes recibir el triple de tu salario diario. Dicho en otras palabras, además de tu pago regular por día, te corresponde un monto adicional equivalente al doble de tu salario por haber trabajado en un día feriado.

Pongamos un ejemplo práctico, si tu sueldo diario es de 300 pesos, recibirás 900 pesos en total por trabajar ese día: 300 pesos por el trabajo realizado y 600 pesos adicionales como compensación económica.

Muchos trabajadores refieren que la ley no se cumple en el país y preguntan qué hacer si el patrón en turno no respeta el pago triple para los trabajadores que laboran en días feriados o de asueto. En este caso puedes presentar una queja ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la cual se encargará de proteger tus derechos laborales y asegurarse de que recibas la remuneración que te corresponde.

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