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Democracia electoral desafía al Congreso de Oaxaca

Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

La 63 legislatura del estado se apresta a llevar a cabo una reforma electoral que, aseguran, será de vanguardia en el país; sin embargo, el espectro del 2015, cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional igual encomienda, ronda la mole de San Raymundo Jalpan.


Los actuales diputados tienen a favor que la reforma electoral estatal debe homologarse a la nacional, es decir todo lo que se aprobó en el reforma electoral federal del 2014 debe incorporarse a la estatal; en contra tiene los intereses de los partidos políticos por consolidar su posición político-electoral a través de las nuevas normas, como es el caso del Partido Revolucionario Institucional (PRI), que ha propuesto la desaparición de las diputaciones plurinominales, para quedarse prácticamente solo con el Poder Legislativo.


El reto no es menor, ya que la reforma electoral implica la modificación o creación de nuevas leyes en materia de paridad de género, candidaturas independientes, reelección, sistemas normativos internos, candidaturas comunes, partidos políticos, entre otros muchos temas.


El fortalecimiento de la democracia




La abogada Itzel Espinoza Rojas sostuvo que la reforma electoral tiene que atender también los sistemas normativos internos y garantizar la participación política de la mujer.

La abogada, Itzel Espinoza Rojas, y el ex representante del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), Antonio Álvarez Martínez, coinciden en que después de la resolución de la Suprema Corte y la alternancia democrática que vivió el estado en el 2010, el objetivo central de la reforma electoral es que, más allá de intereses partidistas, se fortalezca el proceso democrático de la entidad.


“No debemos olvidar que la SCJN no solo declaró inconstitucional la reforma electoral, sino también invalidó el decreto número 1295, publicado el 21 de agosto del 2015, por el que se crea la Ley de Sistemas Electorales Indígenas del Estado de Oaxaca, por lo que el proceso electoral 2016-2017 se cimentó en la legislación federal, acuerdos del órgano electoral y normas supletorias”.


Señalaron que esta resolución de la Suprema Corte devolvió la vigencia al Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para el Estado de Oaxaca, aprobado el 9 de agosto de 2012, “el cual, a la luz de las reformas a la constitución federal y local, se encuentra totalmente desfasado y al menos el 80 por ciento de su artículado es inoperante”.


Los pendientes


La litigante Espinosa Rojas subraya que, desde la frustrada reforma electoral estatal de 2014, un tema pendiente es la participación ciudadana. “Es cierto que existe una Ley de Participación Ciudadana; sin embargo, la instrumentación de figuras como el plebiscito, referéndum, la revocación de mandato, audiencia pública, el cabildo en sesión abierta y consejos consultivos ciudadanos no han sido del todo democráticos, toda vez que les han puesto muchos candados; hasta hoy estos mecanismos son difíciles de implementar por lo complejo de los requisitos”.


LAS LEYES Y REFORMAS NECESARIAS


Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca


Ley Orgánica del Tribunal Estatal Electoral para el Estado de Oaxaca


Ley de Sistemas Electorales Indígenas para el Estado de Oaxaca


Ley de Partidos Políticos para el Estado de Oaxaca


Reformas a la Ley del Sistema de Medios de Impugnación para el Estado de Oaxaca.


Reformas al Código Penal para el Estado de Oaxaca.



 


Añadió que otro tema importante que no tienen normatividad en el estado, es el relativo a la paridad de género. “En el pasado proceso electoral se ocupó la legislación federal y la jurisprudencia emitidas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por lo que es necesario incluir la paridad de género en las leyes estatales y buscar mecanismos para garantizar la participación de las mujeres”.


Sostuvo que es necesario analizar y discutir el tema, ya que hasta hoy sigue habiendo exclusión, violencia política y engaño en torno a la participación electoral de las mujeres.


Candidaturas independientes


Dijo que también es necesario revisar el tema de las candidaturas independientes que no está regulado por la ley estatal, así como la segunda vuelta, el voto en el extranjero y la paridad de género en los sistemas normativos internos.


Comentó que los legisladores oaxaqueños tienen el reto no solo de homologar la legislación electoral, sino crear un sistema de elecciones de vanguardia, sobre todo en materia de sistemas normativos internos por el que se elige más del 70 por ciento de los municipios de la entidad.


Las seis leyes




El ex representante del PRD ante el Consejo General del IEEPCO, Antonio Álvarez Martínez, dijo que por lo menos hay que aprobar la creación de cuatro nuevas leyes en materia electoral.

Por su parte, Álvarez Martínez aseveró que en Oaxaca es necesario impulsar por lo menos seis nuevas leyes y reformas legales: la creación de una nueva Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca, de la Ley Orgánica del Tribunal Estatal Electoral para el Estado de Oaxaca, de la Ley de Sistemas Electorales Indígenas para el Estado de Oaxaca, de la Ley de Partidos Políticos para el Estado de Oaxaca, así como reformas a la Ley del Sistema de Medios de Impugnación para el Estado de Oaxaca y al Código Penal para el Estado de Oaxaca.


Destacó que en el contexto de esta reforma electoral es necesario replantear un rediseño institucional rumbo a la eficiencia, eficacia y efectividad de los órganos electorales, “por lo que es necesario plantear una nueva ley electoral que regule el fortalecimiento del órgano autónomo, con la finalidad armonizar las bases que permitan contar con un instituto fuerte y cohesionado para abordar de la mejor manera posible el proceso electoral local concurrente de 2017-2018”.


Consideró también necesaria la creación de la nueva Ley Orgánica del Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca, organismo jurisdiccional que ya fue instituido en la pasada reforma a la constitución local, pero aún se encuentra funcionando sin norma interna.


Representación


Manifestó que en el tema de la sobrerrepresentación, la adecuación realizada al marco constitucional local debe reflejarse en la ley secundaria local, por lo que sólo es necesario armonizar los límites a la sobrerrepresentación en el Congreso del estado, a un máximo de 8 por ciento de la votación emitida respecto al total de curules en los órganos legislativos.


Expresó que se debe legislar en la ley secundaria que los partidos políticos que no obtengan por lo menos el 3 por ciento de la votación válida emitida, en cualquiera de las elecciones celebradas a nivel estatal, no tengan derecho al financiamiento público estatal (si se trata de partido nacional) o bien perderá su registro, si se trata de partido local; debe regularse la reelección de concejales y diputados, así como el procedimiento respectivo para hacer vigente dicho derecho constitucional.


Además consideró necesario revisar el tema de las candidaturas comunes, gobiernos de coalición, el sistema electoral indígena, la fiscalización, transparencia y rendición de cuentas.

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