La cancelación de “La Guelaguetza ecuestre, tradición en movimiento”, representa un caso reciente de cómo la sociedad civil y los marcos legales de protección cultural pueden incidir en decisiones de marcas y eventos privados cuando se percibe un uso indebido de símbolos tradicionales, afirmó el presidente de Litigio Estratégico Indígena (LEI), Carlos Morales Sánchez.
El activista dio a conocer que esta decisión fue asumida después de la denuncia presentada por la organización en redes sociales por la apropiación cultural indebida del nombre y los símbolos de una de las expresiones culturales más representativas de los pueblos originarios del estado.
Expuso que el uso comercial del nombre Guelaguetza por parte de una marca privada constituye una forma de apropiación cultural, porque este término y sus prácticas asociadas son un patrimonio comunitario vivo, no una marca de libre uso comercial.
Explicó que la protección de estas tradiciones está fundamentada por la Ley de Protección, Acceso y Difusión para la Festividad de la Guelaguetza del Estado de Oaxaca, porque se considera como un patrimonio cultural material e inmaterial de los pueblos indígenas y afromexicanos del estado.
Además, subrayó que la Ley Federal de Protección al Patrimonio Cultural Inmaterial de México también obliga a respetar, proteger y difundir las expresiones culturales vivas de las comunidades, evitando su mercantilización sin consentimiento.
Morales Sánchez dijo que estas leyes están diseñadas para salvaguardar no solo los elementos visibles de una tradición, sino también su sentido comunitario y su gestión colectiva, impidiendo su explotación por terceros sin acuerdos claros con las comunidades originarias.
