El Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) condenó y rechazó el uso y aprovechamiento indebido del patrimonio de los pueblos indígenas y afromexicanos de Oaxaca por la persona moral denominada Centro Cultural Ecuestre Domecq, por el evento “Show Ecuestre de Primavera La Guelaguetza”.
En una comunicación, el organismo público afirmó que la Guelaguetza constituye el más grande encuentro de las culturas de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas de Oaxaca, donde comparten, como una ofrenda, sus expresiones artísticas y espirituales, así como los productos representativos de sus regiones con visitantes locales, nacionales y extranjeros.
Sostuvo que la palabra Guelaguetza refiere a una práctica social, espiritual y económica tradicional del pueblo zapoteco, compartida por otros pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas desde tiempos ancestrales.
De este modo, expuso que la Guelaguetza es una forma de trabajo comunal similar al tequio y la ayuda mutua, con gran relevancia en las actividades rituales y agrícolas, particularmente en las fiestas familiares y comunitarias.
Además, explicó que la festividad se vincula con las celebraciones de carácter religioso, cívico y popular denominadas Lunes del Cerro, realizados en el Cerro del Fortín, en la ciudad de Oaxaca de Juárez, realizadas cada año en el mes de julio.
Aparte de esto, precisó que México reconoce y protege el patrimonio cultural de los pueblos y comunidades Indígenas y afromexicanas, especialmente en el artículo dos de la Constitución Política federal a fin de adoptar las medidas necesarias para reconocer y proteger el patrimonio cultural, la propiedad intelectual colectiva, los conocimientos y las expresiones culturales tradicionales de los pueblos y comunidades indígenas, así como afromexicanas.
Independientemente de esto, subrayó que la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas y la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas prevén mecanismos de protección a la propiedad intelectual colectiva y sanciones por el uso y aprovechamiento indebido del patrimonio cultural indígena y afromexicano.
Ante ello, dijo que ejercerá sus atribuciones y facultades en la materia para encontrar las soluciones conducentes o en su caso, promover las acciones jurídicas correspondientes por cualquier acto de uso y aprovechamiento indebidos, porque vulneran la integridad cultural y lingüística de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
